El propietario que piensa retener algo tiene una ventana corta para decirlo por escrito. Perderla es perder el derecho a retener.
Florida regula cómo se tiene un depósito de garantía residencial, qué hay que informarle al inquilino y qué pasa al final de la locación.
La parte que le cuesta plata al propietario es el final. Si va a reclamar contra el depósito, debe enviar una notificación escrita por correo certificado al último domicilio conocido del inquilino, dentro del plazo legal posterior a la desocupación, indicando el monto y el motivo. El propietario que no la manda a tiempo pierde el derecho a retener cualquier parte y puede quedar obligado a pagar los honorarios del abogado del inquilino.
Si no se reclama nada, el depósito se devuelve dentro de otra ventana, más larga.
De ahí se desprenden dos detalles operativos. Consiga el domicilio de reenvío al momento de la entrega, por escrito, y mande igual la notificación al último domicilio conocido: la ley contempla que el inquilino no haya dejado ninguno. Y documente el estado con fotos fechadas al ingreso y al egreso, porque la notificación tiene que indicar un motivo y «la unidad estaba sucia» no es un motivo que sobreviva a una discusión.
El desgaste normal no se cobra. La alfombra al final de su vida útil, la pintura al final de su ciclo y las marcas menores son el costo de alquilar. El daño más allá de eso, sí.
El propietario también tiene obligaciones de información al inicio sobre dónde está el depósito y si devenga intereses. Un contrato bajado de internet puede no traerlas.
Esta nota es información general, no asesoría legal, contable ni financiera. Las reglas cambian y cada caso es distinto: consulte el suyo con un profesional matriculado.
Alberto Zaltzberg — Adonait · adonait.com